DECRETO Nº 1525-2020
Facúltase a los Señores Ministros de Salud y de la Producción a suscribir el contrato ―Fideicomiso Productos Medicinales de la Provincia de La Pampa.[1]
Estado de la Norma: VIGENTE.
Publicado en B.O. Nº 3423 del 17-07-20.-
Dictado el 03-07-20.-
Operador de Digesto: M.L.E.-
Artículo 1°.-Facúltase a los Señores Ministros de Salud y de la Producción a suscribir el contrato "Fideicomiso Productos Medicinales de la Provincia de La Pampa", cuyo modelo ha sido aprobado por Artículo 2° de la Ley N° 3217, representado a la Provincia de La Pampa como Fiduciante, Beneficiario y Fideicomisario.
Artículo 2°.-Autorízase al Ministro de Hacienda y Finanzas a realizar las previsiones presupuestarias e efectos de atender las erogaciones emergentes de la Ley N° 3217.
Artículo 3°.-Facúltase al Señor Ministrode Hacienda y Finanzas a efectuar oportunamente la transferencia en propiedad fiduciaria de la suma de $ 30.000.000.
Artículo 4°.-Establecer que la transferencia en propiedad fiduciaria del predio donde se encuentra actualmente emplazado el "Laboratorio de Medicamentos La Pampa", designado catastralmente como Ejido 021, Parcela 1, Quinta 005, Circunscripción II, Radio b, partida inmobiliaria N° 674723, Inscripción de Dominio (N° E 18774/206 Matrícula I-34091), se formalizará por escritura pública ante Escribanía General de Gobierno, estando facultado el señor Ministro de Hacienda y Finanzas a suscribir la misma. (S/Expte. N° 11839/19)